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<body style="font-size: 10pt; font-family: Verdana,Geneva,sans-serif">
<p>Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 2285/25
aprobada por el Consejo Directivo en su sesión del día 27/10/25.<br>
<br>
Cordialmente<br>
<br>
-- <br>
Secretaría General<br>
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales<br>
Universidad de Buenos Aires<br>
</p>
<div align="right">Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de octubre de
2025</div>
<div align="right"><br>
</div>
<div align="left"><b>VISTO </b>la decisión del CONICET hasta el día
de la fecha de no renovar el convenio cuatripartito que había
firmado en junio de 2015 con la Universidad Nacional de San Juan,
la provincia de San Juan y los Observatorios Nacionales de China,
para la construcción del Radiotelescopio Argentino-Chino (CART) y<br>
<br>
<b>CONSIDERANDO<br>
</b><br>
que el CART es un proyecto con fines estrictamente científicos,
producto de una labor fructífera de más de 30 años de cooperación
internacional entre Argentina y China en temas de astronomía,<br>
<br>
que el Senado de la Nación Argentina (S-1704/18) aprobó en 2018
una “Declaración de beneplácito por la construcción del
radiotelescopio más grande de América Latina en Barreal, San
Juan”,<br>
<br>
que desde la firma del acuerdo tuvo continuidad la construcción en
forma conjunta de la antena, que es accesible sin restricciones
para toda la comunidad nacional e internacional que ha decidido
visitar las instalaciones,<br>
<br>
que la implementación del proyecto CART posiciona a San Juan y a
la Argentina toda como uno de los ecosistemas científicos
astronómicos más importantes de todo el Hemisferio Sur,<br>
<br>
que se encuentran retenidos en la Aduana del Puerto de Buenos
Aires, desde el 3 de septiembre último, los embarques con piezas e
instrumentos que China envió para continuar con la instalación de
la antena del Radiotelescopio,<br>
<br>
que es imperioso reafirmar la innegociable condición soberana de
la Nación Argentina que le permita establecer acuerdos de
cooperación científica y tecnológica con cualquier país del mundo,<br>
<br>
que la autonomía universitaria en nuestro país tiene rango
constitucional y ha permitido a nuestras universidades públicas
fortalecer un sistema científico tecnológico global que se nutre
del intercambio de saberes y experiencias de carácter
multilateral,<br>
<br>
que intereses políticos circunstanciales y anteojeras ideológicas
no deben obstaculizar ni este proyecto ni otros, orientados a
construir capacidades sólidas en el campo de las diferentes
disciplinas científicas,<br>
<br>
que la Comisión Directiva de la Asociación Argentina de
Astronomía, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de San
Juan, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas,
Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de San Juan y los
directores de los Institutos de Astronomía del CONICET en
distintos lugares del país, entre otros, ya se han expresado a
favor de la continuidad del proyecto CART,<br>
<br>
lo actuado por este Cuerpo en la Sesión del día 27 de octubre de
2025,<br>
<br>
las atribuciones conferidas en el artículo 113º del Estatuto
Universitario,<br>
<br>
<div align="center"><b>El Consejo Directivo de la Facultad de
Ciencias Exactas y Naturales</b><br>
<b>Resuelve:</b><br>
</div>
<br>
<b>Artículo 1°.- </b>Reclamar al CONICET la firma inmediata de la
renovación del convenio cuatripartito con la Universidad Nacional
de San Juan, el Gobierno de la provincia de San Juan y los
Observatorios Nacionales de China para la construcción del
Radiotelescopio Argentino-Chino (CART).<br>
<br>
<b>Artículo 2°.- </b>Reclamar al gobierno nacional la liberación
de las piezas e instrumentos retenidos en la Aduana del Puerto de
Buenos Aires para poder continuar con la instalación del
Radiotelescopio.<br>
<br>
<b>Artículo 3°.- </b>Reafirmar la condición soberana de la Nación
Argentina y de nuestras Universidades nacionales para establecer
acuerdos de cooperación científica con cualquier país del mundo,
sin trabas ni dificultades que impidan el desarrollo de los
mismos. <br>
<br>
<b>Artículo 4°.- </b>Solicitar al Consejo Superior de la
Universidad de Buenos Aires que se expida en el mismo sentido que
esta Resolución.<br>
<br>
<b>Artículo 5°.- </b>Regístrese, comuníquese, dése amplia
difusión y publíquese en la página web de la Facultad y cumplido
pase a SCD#FCEN.<b><br>
</b><strong><br>
RESOLUCIÓN (CD) N° 2285/25</strong></div>
</body>
</html>