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Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 1507/26
aprobada por el Consejo Directivo en su sesión del día 03/08/26.<br>
<br>
Cordialmente<br>
<br>
-- <br>
Secretaría General<br>
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales<br>
Universidad de Buenos Aires<br>
<br>
<div align="right">Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de agosto de
2026<br>
</div>
<br>
<b>VISTO</b><br>
<br>
la Resolución N° 53/SECH/26 de la Jefatura de Gobierno de Ministros<br>
<br>
la Ley N° 1.854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos,
conocida como Ley de Basura Cero, del Boletín Oficial del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires<br>
<br>
la Ley N° 992 del Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires<br>
<br>
el comunicado de la Facultad de Filosofía y Letras de fecha 30 de
julio de 2026, en el cual se expresa su firme apoyo a las
cooperativas de recuperadores urbanos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires<br>
<br>
<b>CONSIDERANDO</b><br>
<br>
la resolución citada establece la apertura de una etapa previa a la
convocatoria de la Licitación Pública para la contratación del
Servicio de recolección, traslado y procesamiento de Residuos
Sólidos Urbanos Secos <br>
<br>
que el nuevo Pliego de Especificaciones Técnicas excluye de hecho a
las cooperativas de recuperadores urbanos, estableciendo requisitos
económicos y técnicos que resultan inaccesibles para las mismas<br>
<br>
que dicha medida pone en riesgo la continuidad laboral de 12
cooperativas de recuperadores urbanos y de 7000 familias que
dependen de esta actividad, afectando gravemente el sistema de
reciclado con inclusión social que lleva más de 20 años de trabajo y
ha permitido recuperar miles de toneladas de residuos<br>
<br>
que la Ley Basura Cero establece en su artículo 12 inciso m, la
obligación de promover la participación de cooperativas y
organizaciones no gubernamentales en la recolección y reciclado de
los residuos<br>
<br>
que la Ley N° 992 incorpora a los recuperadores de residuos
reciclables a la recolección diferenciada en el servicio de higiene
urbana vigente<br>
<br>
que el Programa UBA Verde ha trabajado desde su creación en 2013 en
coordinación con las cooperativas de recuperadores urbanos,
promoviendo la separación en origen y la gestión sustentable de
residuos en todas las dependencias de la Universidad de Buenos Aires<br>
<br>
que a través de la Resolución RESCD-2025-1767-E-UBA-DCT#FCEN la
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales ha suscripto un Convenio
Marco y un Convenio Específico con la cooperativa de trabajo
Recuperadores Urbanos del Oeste (RUO), con el fin de establecer
relaciones de complementación y cooperación académica, científica y
cultural, así como para la gestión de Residuos de Aparatos
Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y el desarrollo de actividades
conjuntas de educación ambiental<br>
<br>
que la facultad presenta a su vez convenio con la Cooperativa de
trabajo Las Madreselvas, con quien realiza la gestión de sus
materiales reciclados<br>
<br>
que la articulación entre la Universidad y las cooperativas
constituye un pilar fundamental del modelo de economía circular y de
la gestión sustentable de residuos, generando inclusión social,
trabajo digno y desarrollo local<br>
<br>
que el Programa de Equipo de Promotores Ambientales de esta facultad
establece como parte de su formación la visita a Cooperativas de
Recuperadores Urbanos, con el objetivo de generar conciencia sobre
el rol social y ambiental de las mismas<br>
<br>
que el proyecto de pliego de licitación resulta violatorio de la
legislación vigente que dio origen y protege el sistema de reciclado
con inclusión social<br>
<br>
en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Estatuto
Universitario,<br>
<br>
<div align="center"><b>EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES</b><br>
<b>RESUELVE:</b><br>
</div>
<br>
<b>Artículo 1º.-</b> Expresar la profunda preocupación de esta
Facultad ante el nuevo Pliego de Especificaciones Técnicas para el
Servicio de Recolección, Traslado y Procesamiento de Residuos
Sólidos Urbanos Secos (Resolución N° 53/SECH/26), que deja en
situación de desventaja a las cooperativas de recuperadores urbanos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.<br>
<br>
<b>Artículo 2°.-</b> Manifestar el rechazo a cualquier iniciativa
que excluya a las cooperativas de recuperadores urbanos del sistema
de gestión de residuos, en virtud de que ello contraviene lo
dispuesto por las Leyes N° 1.854 (Basura Cero) y N° 992, desconoce
el rol social y ambiental insustituible de estos actores, y afecta
el derecho a un ambiente sano y al trabajo digno de miles de
familias.<br>
<br>
<b>Artículo 3°.-</b> Solicitar al Consejo Superior de la Universidad
se exprese de igual manera.<br>
<br>
<b>Artículo 4°.-</b> Dese amplia difusión y cumplido pase a
SCD#FCEN.<br>
<br>
<b>RESOLUCIÓN (CD) N° 1507/26</b>
</body>
</html>