[Ifiba] Nuevo reglamento para las Empresas de Base Tecnológica del CONICET

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Mie Nov 9 20:12:30 -03 2022



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 COMUNICACIÓN

 09-11-2022

 VINCULACIÓN TECNOLÓGICA

 Nuevo reglamento para las Empresas de Base Tecnológica del CONICET

 Con el objetivo de incrementar el apoyo del organismo a sus EBT, se
modernizaron los instrumentos disponibles para su promoción y desarrollo.
Buscan recuperar su radicación en Argentina, potenciar el crecimiento de
sus capacidades y mejorar los niveles de articulación e inversión
público-privada.

 El CONICET impulsa la vinculación y la transferencia de sus desarrollos y
capacidades para que las empresas y organismos puedan acceder a los
resultados e innovaciones de la investigación pública argentina. Un actor
clave de esta política son las Empresas de Base Tecnológica del Consejo,
fundadas a partir de los conocimientos y desarrollos generados por
investigadores e investigadoras del organismo que buscan ofrecer nuevos
productos y servicios tecnológicos y en conocimiento, generar fuentes de
trabajo, contribuir a la sustitución de importaciones y a una matriz
diversificada y potenciar la inversión en investigación y desarrollo.

 El Consejo, a través de su actual Gerencia de Vinculación Tecnológica,
despliega una política de promoción y acompañamiento al desarrollo de
las EBTs que permitió aumentar de 16 a 56 las empresas de base
tecnológica aprobadas por el Consejo. El trabajo conjunto entre el CONICET
y sus EBTs durante la pandemia permitió ofrecer soluciones ante el
inédito escenario, diversificar actores del sistema productivo, favorecer
el abastecimiento de insumos críticos, cooperar en los desafíos
regulatorios y mejorar las condiciones de acceso a la salud a la
población.

 El nuevo reglamento

 La experiencia acumulada junto al trabajo realizado en la pandemia llevó
al CONICET a modernizar los instrumentos disponibles para la promoción y
el desarrollo de sus EBT. En este sentido, el nuevo reglamento procura
incrementar el apoyo del Consejo a sus EBT, recuperar la obligatoriedad de
su radicación en Argentina, potenciar el crecimiento de sus capacidades y
mejorar los niveles de articulación e inversión público-privada.

 - Beneficios EBTs CONICET: El nuevo reglamento establece un conjunto de
beneficios en los proyectos de investigación y desarrollo, y en la
transferencia de tecnologías para las EBTs con el objetivo de dotarlas de
mayor competitividad en el mercado (opciones de licencia gratuitas,
bonificaciones en los pagos de acceso a la tecnología y mantenimiento,
licencias no exclusivas gratuitas para los desarrollos en conjuntos, uso
gratuito de la marca CONICET, etc.)

 - Regalías y Capital Social: El nuevo reglamento permite superar el
límite fijado anteriormente a la participación accionaria de los
investigadores/as, CPAs y becarios/as en el capital social. A su vez, el
50% de los beneficios económicos que el CONICET obtenga por las licencias
otorgadas a las EBTs, serán distribuidos ahora también entre los/as
inventores/as que sean socios/as de las EBT. Por otro lado, las y los
agentes del organismo podrán conservar el 50% de los beneficios
económicos de su participación accionaria o bien proponer al Consejo una
participación minoritaria en su capital social de manera directa o a
través de otras instituciones asociadas del sistema nacional de ciencia y
tecnología.

 - Incubación: El CONICET habilita a su red de más de 300 institutos de
investigación a presentar propuestas para la incubación de nuevas EBTs,
facilitando el acceso a su infraestructura federal y su equipamiento de
mediano y gran porte, para contribuir a la generación de clúster de
innovación local. Sumado a esto, un porcentaje de los beneficios obtenidos
por aquellas EBTs generadas en los institutos, serán asignados a sus
Unidades Ejecutoras de manera automática para retroalimentar sus
capacidades.

 - Evaluación: El Directorio decidió extender un año más el tiempo que
los investigadores e investigadoras pueden dedicarse de manera exclusiva a
las EBTs CONICET y crear la Comisión de Vinculación Tecnológica para
mejorar la evaluación de las trayectorias de su comunidad en las EBTs y la
ponderación de las actividades de vinculación tecnológica en general
junto a las comisiones de gran área.

 - Investigador/a Correspondiente: El CONICET modificó la figura del
Investigador/a Correspondiente para incluir a quienes decidan dedicarse de
manera permanente a las actividades de investigación en las EBTs. Esto les
permitirá conservar el vínculo, participando en actividades de dirección
y/o supervisión de becarios/as o investigadoras/es, proyectos de
investigación, dictado de cursos y toda aquella actividad que contribuya
al desarrollo de la investigación científica y tecnológica en la
Argentina.

 Este nuevo reglamento aprobado por el Directorio del CONICET es el fruto
de un proceso de construcción, a partir de distintas sesiones del órgano
de gobierno del Consejo, del trabajo de equipos técnicos de la Gerencia de
Vinculación Tecnológica junto a otras áreas del organismo, de los
aportes recogidos de distintos integrantes de la comunidad científica y de
los informes realizados por una Comisión ad-hoc de expertos y expertas (de
diversas áreas y disciplinas) conformada para el análisis de la
normativa.

 El CONICET reafirma su compromiso de respaldar con su trayectoria la
generación de empresas de base tecnológica que contribuyan a la
innovación tecnológica, al incremento de la inversión privada en CyT, al
desarrollo económico federal, a la creación de nuevas fuentes de trabajo,
a la diversificación de la oferta exportadora del país y así, a la
mejora de la calidad de vida de toda la población.

 Para acceder al reglamento haga click aquí.
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 Para consultas y más información puede escribir a ebt en conicet.gov.ar
<mailto:ebt en conicet.gov.ar>

 Contacto:

 Dirección de Relaciones Institucionales
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