[Todos] Re: [Alumnos] se vienen los exámenes... ¿Conocés tus Derechos?

jgarcia en dc.uba.ar jgarcia en dc.uba.ar
Lun Nov 13 11:51:47 ART 2006


Si no leo mal, la resolución dice "Optar por rendir el exámen al final de
la cursada". O sea, no hay obligación de que el recuperatorio sea al
final, pero si hay obligación de que el que no quiera dar el exámen
durante la cursada, tendría que tener la posibilidad de darlo al final.
Yo entiendo tu punto de que los temas de un exámen a otro no siempre
tienen puntos en común, pero también es cierto (al menos a mi me pasó) que
durante la "vorágine" de la cursada, no tenés tiempo para repasar como
quisieras los temas (porque tenés un tp o un parcial de otra/s materia/s
por ejemplo), y una vez que dejás de cursar disponés de cierto tiempo que
durante la cursada no tenés. Además muchas veces me pasó que luego de un
tiempo de "maduración" de los conceptos, logré entender algo que al
momento de la cursada en que me lo explicaban no había logrado entender
con claridad.
A mi me ayudó muchísimo tener los exámenes recuperatorios al terminar la
cursada, mucho más de lo que me ayudó tenerlos durante la cursada.

> CECEN:
>
>     No quiero ponerme muy pesado, pero la resolución de que todas las
> materias deben rendir recuperatorios sólo al final de la cursada me
> parece cuestionable. Asume que para todas las materias esto es bueno, y
> creo que hay sobradas pruebas que no siempre es así.
>
>     Como ejemplo,  materias en las que los temas del primer parcial no
> tienen contacto con los temas del segundo parcial, y cuya vastedad de
> conceptos hace que dejar pasar el tiempo haga mucho más tortuosa su
> correspondiente recuperación. Ejemplo concreto: Teoría de las
> Comunicaciones.
>
> Se podrá rever este punto?
>
> Agradecido,
>
> Luis.
>
>
> Presidencia CECEN wrote:
>> se vienen los exámenes... ¿Conocés tus Derechos?
>>
>> Todos los estudiantes tienen derecho a:
>>
>> - Rendir un examen recuperatorio por cada examen parcial.
>>   Las materias evaluarán en cada examen recuperatorio sólo los
>>   contenidos que fueron evaluados anteriormente en el
>>   correspondiente examen parcial.
>>   (Res CD N° 1770/05, Art 1° y 2°)
>>
>> - Optar por rendir el examen recuperatorio al finalizar la
>>   cursada para aquellas materias que estipulen las fechas de
>>   recuperatorios a mediados del cuatrimestre.
>>   (Res CD N° 1770/05, Art 3°)
>>
>> - A no rendir más de 1 examen parcial o recuperatorio por día.
>>   El alumno podrá optar por rendir el examen de la materia que
>>   estimare más conveniente, si los docentes responsables de las
>>   materias no lograsen ponerse de acuerdo de forma tal de
>>   garantizarlo.
>>   (Res CD N° 0956/00, Art 1° y 2°)
>>
>> - Rendir el parcial o recuperatorio no rendido en las mismas
>>   condiciones que el resto de sus compañeros, cuando cursen dos
>>   o más materias que fijen exámenes parciales en fecha coincidente.
>>   Los alumnos no verán reducidas en número sus oportunidades de
>>   recuperación.
>>   (Res CD N° 0956/00, Art 3°)
>>
>> - Las guías de trabajos prácticos y/o apuntes teóricos de todas
>>   las materias deben incorporar la siguiente información: temas de
>>   la materia, cronograma de clases, cantidad de parciales y
>>   recuperatorios, forma de aprobación de los trabajos prácticos o
>>   laboratorio si los hubiere, bibliografía recomendada y nombre de
>>   los docentes a cargo, con horarios de consulta.
>>   (Res CD N° 1646/00)
>>
>> - Rendir examen final ante una mesa integrada por tres profesores.
>>   Los estudiantes también podrán recusar la integración de la mesa
>>   examinadora con razones fundadas.
>>   (Res CD N° 2138/03, Anexo Art 5°)
>>
>> - Fechas de exámenes finales en todos los meses, salvo enero.
>>   (Res CD N° 1801/05)
>>
>> - Los exámenes deben incorporar información clara del sistema para
>>   el cómputo del puntaje final y los puntajes o valoración
>>   parciales asignados a cada ítem, problema o ejercicio en su
>>   totalidad y parcialmente.
>>   (Res CD N° 1646/00)
>>
>> - Contar con una instancia de revisión para cada examen escrito
>>   parcial y final. La fecha de revisión se publicará junto a las
>>   notas de los exámenes.
>>   (Res CD N° 1343/00, Art 1°, 2° y 3°)
>>
>> - Dejar pasar al menos 3 días (hábiles o no) desde la publicación
>>   de las notas del parcial hasta la fecha de recuperación del mismo.
>>   (Res CD N° 1090/02)
>>
>> - Rendir examen final como alumno regular de la asignatura o en
>>   condición de libre. Para esto último, deberá poner en
>>   conocimiento del profesor responsable de la materia, con una
>>   semana de anticipación, su intención de rendir examen.
>>   (Res CD N° 2138/03, Anexo Art 1°)
>>
>> - Rendir examen sobre el programa de la asignatura en el curso en
>>   el cual aprobó los TPs, o por el programa del último curso.
>>   Los exámenes orales son públicos.
>>   (Res CD N° 2138/03, Anexo Art 6°)
>>
>> - Los exámenes orales son públicos. La Libreta Universitaria será
>>   devuelta al alumno el mismo día del examen.
>>   (Res CD N° 2138/03, Anexo Art 6°)
>>
>> - El examinador debe exponer en cartelera una lista provisional
>>   con las calificaciones, en un plazo máximo de 5 días hábiles,
>>   fijando día y horario para que los alumnos tengan vista de su
>>   examen. Luego se llenarán las actas y firmará la Libreta
>>   Universitaria.
>>   (Res CD N° 2138/03, Anexo Art 7°)
>>
>> - En el caso que el alumno entienda que se ha cometido una
>>   injusticia en la calificación, será responsabilidad del Director
>>   del correspondiente Departamento arbitrar sobre el caso.
>>   (Res CD N° 2138/03, Anexo Art 8°)
>>
>>
>> Si necesitás una copia de alguna resolución,
>> pedísela a tu distribuidor habitual de volantes...
>>
>>
>>
>
>
> _______________________________________________
> Alumnos mailing list
> Alumnos en dc.uba.ar
> https://listas.dc.uba.ar/cgi-bin/mailman/listinfo/alumnos
>





Más información sobre la lista de distribución Todos