[Todos] 85% movil de jubilacion para las autoridades universitarias
AGD-UBA
agd en fcen.uba.ar
Mar Jul 7 09:35:33 ART 2009
AGD en
CONADU HISTÓRICA
INCLUYEN EN LA JUBILACIÓN CON EL 85% MÓVIL A LAS AUTORIDADES SUPERIORES
UNIVERSITARIAS
Hace menos de una semana tomamos conocimiento de que los docentes
preuniversitarios recuperaron el 82% móvil de su jubilación. Una
información totalmente controvertida y polémica donde lo único que
podemos afirmar es que se sigue sin respetar la Ley 24.106 que dispone
un régimen jubilatorio especial con el 82% móvil para los docentes
preuniversitarios nacionales (ver informe CONADU HISTÓRICA del 2/7/09:
http://www.aduns.org/documentos/info_2_jul_09.pdf ).
En el día de la fecha se publica en el Boletín Oficial de la Nación la
Resolución de la Secretaría de Seguridad Social Nº 21 que amplía a las
autoridades universitarias los beneficios de la Ley 22.929 y decreto
160/05 - Régimen especial jubilatorio con el 85% móvil para docentes con
dedicación exclusiva que realicen investigación e investigadores
científicos y tecnológicos. (ver texto de la Resolución 21/09:
http://www.aduns.org/documentos/resol_21_09.pdf ).
La SPU, y tal como lo indica los considerados de la Resolución, tuvo un
papel preponderante y central a la hora de proteger bajo el paraguas del
85% móvil a las Autoridades.
Mientras tanto el Ministerio de Trabajo y el de Educación disponen con
celeridad medidas que le solucionan la cuestión previsional a las
autoridades superiores universitarias (apenas el 2% del personal de las
Universidades Nacionales) incluyéndolos en el régimen de la Ley 22.929
(85% móvil); más de 90.000 Docentes Universitarios aún esperan que el
Congreso Nacional convierta en Ley el Proyecto de Jubilación Móvil con
el 82% para ese sector. Éstos constituyen el 85% del universo, son los
docentes con dedicaciones simples y semiexclusivas, además de los que
poseen dedicación exclusiva pero no reúnen los requisitos para acogerse
al régimen de los investigadores.
Dicho proyecto se encuentra bajo la órbita de tres Comisiones de la
HCDN: Educación, Presupuesto y Previsión y Seguridad Social quienes
debieran deliberar conjuntamente para firmar un dictamen común que luego
se llevaría al Plenario en el recinto. El proyecto cuenta con el aval de
todos los sindicatos docentes universitarios, y con amplio consenso de
las diferentes bancadas.
Pero eso no es todo.
El CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) que nuclea a todos los
Rectores y la SPU se comprometieron mediante acuerdo paritario firmado
en el mes de abril de este año a suspender las intimaciones y ceses
compulsivos al personal docente universitario (que hoy se jubila bajo el
régimen general), hasta tanto no se sancione el Régimen Especial
Jubilatorio destinado a ese sector.
Nada de esto se ha cumplido.
De hecho se están jubilando docentes bajo el régimen general cuando
-mediando esta suspensión solicitada por TODAS las Federaciones
Docentes- podrían jubilarse bajo el Régimen Especial una vez que este
estuviera sancionado.
LA DIFERENCIA NO ES POCA: 40% fijo de haber jubilatorio sobre el salario
en actividad contra el 82% móvil.
El Congreso Extraordinario de CONADU HISTÓRICA realizado el viernes 3 y
sábado 4 en la Ciudad de Buenos Aires, tras rechazar la actitud mezquina
y corporativa de los rectores del CIN a espaldas del conjunto de la
Docencia Universitaria -en evidente complicidad con la SPU- se declaró
en ESTADO DE ALERTA en todas las UUNN, adelantando que en caso de
mantenerse esta inexplicable dilación en la sanción de la Ley de
Jubilaciones, de continuar con las intimaciones patronales contra los
docentes para que se jubilen y no respetar las leyes previsionales
vigentes 24.016 y 22.929, impulsarán medidas de acción directa en todo
el país luego del receso invernal.
Ciudad de Buenos Aires, 6 de julio de 2009.-
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