[Todos] CD 26/9 Proyecto Interinos

Roberto Etchenique rober en qi.fcen.uba.ar
Jue Sep 22 10:55:34 ART 2011


Nuevamente asistimos a la tergiversacion y la mentira.

El profesor de ADU al que Conciencia Critica (PCR) menciona,  y que dió 
firma al proyecto sobre docentes auxiliares interinos soy yo:  Roberto 
Etchenique.

Pero no firmé el proyecto que había presentado el PCR,  que decía:

"El período de designación podrá ser de hasta un (1) año para los 
Ayudantes de
Segunda y de hasta tres (3) años para los Jefes de Trabajos Prácticos y
Ayudantes de Primera y caducará automáticamente cuando se reincorpore
el titular del cargo."

Esta propuesta de caducidad de interinos, que actualmente no trae 
demasiadas complicaciones porque ANTES de que los regulares se 
reincorporen suele haber un concurso regular (generalmente 1 año o algo 
mas), iba a ser desastrosa al extenderse a 3 años, generando injusticias 
flagrantes cuando unos regulares volvieran a su cargo antes que otros.
Por eso, manteniendo los considerandos, que eran razonables, redacté un 
artículo resolutivo muy diferente, que el PCR sólo analiza por la mitad 
en el cuerpo de su mail , y que en su forma completa dice asi (ver 
proyecto al final del mail del PCR):


El período de designación podrá ser
de hasta un (1) año para los Ayudantes de Segunda y de hasta tres (3) años
para los Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera y caducará
automáticamente cuando se cumpla el período de designación del cargo
interino o cuando se sustancie el concurso regular de los subcargos
correspondientes. *En el caso del reintegro de alguno de los docentes en
uso de licencia la nómina de interinos deberá respetar el orden de méritos
del concurso regular que dio lugar a dicha designación."*


Esta propuesta de modificación del artículo, NO FUE PRESENTADA HACE 15 
DIAS como si lo fue el mamarracho electoralista del PCR, sino que lo 
redacté el mismo día de la comisión (lunes pasado), de modo que ninguna 
lista pudo haberla discutido. Lo mas importante de la misma es que en 
ella se respeta el órden de méritos del concurso original.
a la vez que se elimina el párrafo que hace caducar al interino cuando 
se reincorpora el titular del cargo.

Espero que las diferentes listas puedan discutirlo (la nuestra ya lo 
está haciendo), y éste o un proyecto mejorado sea aprobado a la brevedad 
una vez que todas las listas hayan analizado cuales serían las 
consecuencias de esta modificacion. Llama la atención en particular el 
apuro del PCR en que se apruebe esta resolución casi sin discusión, 
cuando estuvieron 2 años sin presentar nada por el estilo. ¿ por qué será ?

Rober





On 9/22/2011 9:04 AM, conCienciaCrítica, Docentes/Graduados-FCEN wrote:
> En la reunión de la Comisión de Interpretación y Reglamento del día lunes
> 19 de septiembre se trataron varios proyectos, entre ellos los presentados
> hace 15 días respecto al régimen de docentes interinos y la indemnización
> para docentes auxiliares. Dichos proyectos fueron elaborados en base a
> trabajo realizado por la Comisión de Derechos Laborales y Académicos de la
> AGD-FCEyN.
>
> - Régimen de docentes interinos:
>
> Hoy en día, el período de designación de los docentes interinos culmina
> "(...) automáticamente al entrar en vigencia un Orden de Méritos de un
> Concurso Regular sustanciado con posterioridad a la fecha de designación
> interina y de la misma categoría, dedicación y área o grupo de materias
> para las que fuera designado o cuando se reincorpore el titular del cargo"
> (Res. CD 660/97). Si se tiene en cuenta además que en algunos
> Departamentos hay llamados a concurso para cargos equivalentes en años
> consecutivos, los docentes interinos se ven obligados a concursar todos
> los años, viéndose perjudicados los propios docentes por estar bajo un
> régimen de inestabilidad absoluta y la docencia por no garantizarse la
> continuidad mínima que permita una planificación docente acorde a el nivel
> académico adecuado para el dictado de las materias.
>
> El proyecto de resolución presentado [1] modifica esta situación y
> establece que las designaciones de los docentes interinos caduca "(...)
> automáticamente cuando se cumpla el período de designación del cargo
> interino o cuando se sustancie el concurso regular de los subcargos
> correspondientes...". Esto significa que la designación del docente interino
> puede durar, si no se reintegra alguno de los docentes regulares en uso de
> su licencia, lo mismo que duraría la designación de regular, ya que
> depende de que se vuelva a concursar los subcargos correspondientes y no
> de que entre en vigencia un nuevo orden de méritos.
>
> Luego de la discusión en la Comisión de Interpretación y Reglamento el
> proyecto tuvo despacho para su tratamiento en la próxima sesión del
> Consejo Directivo del lunes 26. Para eso, contó con las firmas de la
> minoría de graduados (JxC: conCienciaCrítica + Independientes) minoría de
> estudiantes (Lista Unidad) y un profesor (ADU). Sin embargo, esto no
> garantiza su aprobación en el próximo Consejo Directivo, ya que no sabemos
> si realmente el conjunto de los consejeros de ADU está de acuerdo y además
> los representantes por mayoría de graduados (Sumatoria) no le dieron firma
> al proyecto, afirmando durante el transcurso de la comisión que en su
> agrupación no había acuerdo.
> Lamentamos que Sumatoria no haya realizado un análisis profundo del
> proyecto y la problemática que aborda. Hoy en día hay Departamentos
> Docentes con aproximadamente la mitad de la planta de auxiliares interina
> y algunos de éstos se ven obligados a concursar año tras año en lugar de
> cada 3 años como estipula el reglamento para el caso de Ayudante de
> Primera y JTP regulares. Esperamos que los consejeros de Sumatoria
> reflexionen y terminen apoyando este proyecto para que sea aprobado en la
> próxima sesión del Consejo Directivo.
>
> Por último, queremos invitamos a todos los docentes interesados a
> acercarse al Consejo Directivo el próximo lunes 26 a las 17 hs, para
> sumarle apoyo y darle fuerza a estos proyectos. Porque estamos convencidos
> de que con el protagonismo de los docentes es posible conquistar los
> derechos laborales postergados.
>
>
>
> conCienciaCrítica
> Graduados/Docentes/Becarios
> --------------------------
> en Juntos x el Cambio  - Minoría de Graduados
> en la lista 1 - Conducción de AGD-FCEyN
> --------------------------
> --------------------------
>
> [1]
> VISTO
> El Reglamento de Concursos par la Provisión de Docentes Auxiliares vigente
> actualmente en la FCEyN (Res. CD Nº 28/09 y sus modificatorias)
>
> El art. 4º de la Res. CD 660/97, que establece para el nombramiento de
> docentes interinos:
> "Todos los pedidos de designaciones de Docentes Auxiliares con carácter
> interino deberán provenir del Orden de Méritos vigente de un Concurso
> Regular (Art. 31 Res. CD 715/86 y modificatorias) o, en el caso de carecer
> del anterior o haberse agotado la nómina supernumeraria de aquel o que el
> Consejo Directivo haya aprobado la excepcionalidad establecida en el Art.
> 3º de la presente, del Orden de Méritos de una Selección Interina (res. CD
> 141/86) convocada a tal efecto. Los Departamentos Docentes acompañaran las
> notas de pedido de designación con el Orden de Méritos correspondiente. El
> período de designación podrá ser de hasta un (1) año para Ayudantes de
> Segunda y de hasta tres (3) para Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes
> de Primera y caducará automáticamente al entrar en vigencia un Orden de
> Méritos de un Concurso Regular sustanciado con posterioridad a la fecha de
> designación interina y de la misma categoría, dedicación y área o grupo de
> materias para las que fuera designado o cuando se reincorpore el titular
> del cargo"
>
> CONSIDERANDO
> Que algunos Departamentos tienen llamados anuales o bianuales a concurso
> para proveer cargos de Ayudantes de Primera y Jefes de Trabajos Prácticos
> Que a raíz de las licencias y renuncias se hace necesario nombrar docentes
> interinos con gran frecuencia
> Que es necesario realizar estos nombramientos de manera que se garantice
> la mínima continuidad necesaria para la planificación docente y el nivel
> académico adecuado en el dictado de las materias
> Que es necesario que los trámites de nombramiento tiendan a simplificarse
> administrativamente
> Que una renovación anual de gran parte del plantel docente atenta contra
> la calidad de la educación que esta casa debe brindar
> Que una consecuencia de lo antes mencionado es que una parte de la planta
> docente concursa todos los años
>
> EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES RESUELVE:
>
> ARTICULO 1º: Modificar el art. 4º de la Res. CD 660/97 de la siguiente
> forma: "Todos los pedidos de designaciones de Docentes Auxiliares con
> carácter interino deberán provenir del Orden de Méritos vigente de un
> Concurso Regular (Art. 31 Res. CD 715/86 y modificatorias) o, en el caso
> de carecer del anterior o haberse agotado la nómina supernumeraria de
> aquél o que el Consejo Directivo haya aprobado la excepcionalidad
> establecida en el Art. 3º de la presente, del Orden de Méritos de una
> Selección Interina (res. CD 141/86) convocada a tal efecto. Los
> Departamentos Docentes acompañaran las notas de pedido de designación con
> el Orden de Méritos correspondiente. El período de designación podrá ser
> de hasta un (1) año para Ayudantes de Segunda y de hasta tres (3) para
> Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera y caducará
> automáticamente cuando se cumpla el período de designación del cargo
> interino o cuando se sustancie el concurso regular de los subcargos
> correspondientes. En caso de reintegro de alguno de los docentes en uso de
> licencia la nómina de interinos deberá respetar el orden de méritos del
> concurso que dio lugar a dicha designación".
>
> ARTICULO 2º: Elevar al Consejo Superior para su conocimiento.
>
> ARTICULO 3º: Comuníquese a la Secretaria Académica, a todos los
> Departamentos Docentes y agréguese copia al expediente Ref. Exp. Nº
> 450.817 V.12, cumplido, archívese.
>
>

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