[Todos] Nuevo reglamento de veedores
El Transformador
eltransformador en agrupaciones.fcen.uba.ar
Vie Ago 14 08:55:27 ART 2015
En el día de ayer desde El Transformador presentamos un proyecto que
plantea modificaciones al actual reglamento de veedores para los
concursos regulares y selecciones interinas de docentes auxiliares. Los
principales cambios del proyecto apuntan a que puedan existir veedores
por mayoría y minoría de Consejo Directivo, cuando no hay acuerdo entre
los consejeros de los distintos espacios. Éste es un punto importante
porque ha ocurrido en concursos conflictivos que la mayoría de
graduados, Sumatoria, bloquea a los veedores propuestos desde la minoría
de graduados quedando el concurso sin veedurías por el claustro de
graduados.El proyecto también explicita que el veedor por docentes
auxiliares será elegido por los docentes del departamento y aprobado por
el Consejo Departamental, algo que viene ocurriendo de esta forma pero
que no estaba pautado en la reglamentación.
Por otro lado, el proyecto plantea que se expliciten claramente los
motivos que invalidan la participación como veedor. Actualmente, el
reglamento prohíbe la actuación de veedores que mantengan "relación
académica estrecha" con alguno de los jurados, pero no puntualiza en qué
casos se aplicaría esta prohibición. En la reciente selección interina
para un cargo de Profesor en Didáctica de las Ciencias Naturales de la
CCPEMS, el oficialismo planteó como una de las causales de anulación del
concurso la supuesta relación académica entre uno de los veedores y un
jurado. Para probarlo, presentaban trabajos en común de hace más de 15
años! En este sentido, nuestro proyecto plantea que en el caso de
publicaciones o subsidios conjuntos (si no existen otros elementos más
fuertes de colaboración), se considere un límite de antigüedad de 5
años.
Desde El Transformador entendemos que es fundamental avanzar en la
clarificación de los criterios usados en los concursos docentes. El
reglamento de concursos actual, al igual que el de veedores, es
sumamente ambiguo y confuso en varios puntos que muchas veces generan
que, en sucesivos concursos para un mismo sub-cargo, los criterios de
evaluación usados son diametralmente opuestos. Cuántas veces hemos
escuchado a docentes que pierden su cargo luego de años de trabajo
plantear que los criterios entre concursos varían tanto que el docente
no sabe qué tipo de antecedente le conviene priorizar para no quedarse
sin trabajo.
Consideramos que éste es un pequeño paso en el sentido de clarificar los
criterios usados en los concursos docentes. Esperamos que la mayoría de
graduados, que se embandera con la transparencia de los concursos en la
FCEyN, vote a favor del nuevo reglamento de veedores. Seguiremos dando
el debate en relación a un nuevo reglamento de auxiliares que establezca
formas de evaluación claras y valore las tareas docentes y de
investigación realizadas por los compañeros con años de trabajo en la
docencia de nuestra Facultad.
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EL TRANSFORMADOR
Docentes, becarios, investigadores y graduados FCEyN
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Dirección AGD UBA, mayoria AGD FCEyN, Minoría Graduados Consejo Directivo
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Proyecto presentado el 13 de agosto en la comisión de concursos por El
Transformador en Graduados Al Frente:
VISTO
El actual reglamento para la provisión de cargos de docentes auxiliares
El reglamento de veedores para concursos de auxiliares aprobado por el
Consejo Directivo de la FCEyN previamente a la aprobación del reglamento
de concursos actualmente vigente
CONSIDERANDO
Que resulta de fundamental importancia para la sustanciación de concursos
de cargos auxiliares la actualización dela normativa vigente en relación a
la designación de veedores
Que el reglamento de veedores fue aprobado previamente al actual
reglamento de concursos
Que dicho reglamento de veedores contiene artículos que se han prestado a
la confusión en diversas instancias de concursos docentes
Que resulta necesario asegurar la pluralidad en la designación de los
veedores y no restringirlo a la acción de las mayorías electas en el
Consejo Directivo.
El Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales resuelve:
Artículo 1: Aprobar el nuevo reglamento de veedores para los concursos
regulares y las selecciones interinas de los cargos docentes auxiliares
que se adjunta en el anexo
Artículo 2: Comunicar a todos los Departamentos docentes de la FCEyN e
incorporar en la página web de la Facultad como un anexo del reglamento de
concursos actualmente vigente.
Artículo 3: De forma
ANEXO
Reglamento para la actuación de veedores en concursos para la provisión de
cargos de docentes auxiliares
ARTICULO 1º : La actuación de los veedores para los concursos regulares y
selecciones interinas de docentes auxiliares se encontrará regida por el
presente reglamento.
ARTICULO 2º : En los concursos para la provisión de cargos docentes habrá
un máximo de 2 veedores por cada claustro (estudiantes, graduados y
profesores). También podrá existir un veedor en representación de los
docentes auxiliares del Departamento.
DE LA DESIGNACIÓN Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA SER VEEDOR:
ARTICULO 3º : La única condición para ser veedor es pertenecer al claustro
correspondiente, con las excepciones expresadas en el artículo 4 del
presente reglamento.
ARTICULO 4º : Los veedores no podrán tener relación sanguínea dentro del
segundo grado con ninguno de los jurados. Los veedores no podrán tener
relación académica estrecha con ninguno de los jurados (dirección/co
dirección de tesis, participación en un mismo grupo de investigación,
subsidios en común, publicaciones conjuntas). En el caso de publicaciones
conjuntas y la participación en subsidios, se tomarán en cuenta
publicaciones o subsidios de menos de 5 años de antigüedad. El
incumplimiento de este artículo será motivo de impugnación del concurso o
selección respectiva.
ARTICULO 5º : Los veedores por los tres claustros serán designados por
medio de los consejeros departamentales o directivos de sus respectivos
claustros. Sin embargo, en caso de haber más de un veedor designado tendrá
preeminencia aquellos que posean la firma de consejeros directivos por
sobre los designados por consejeros departamentales. En el caso del veedor
por docentes auxiliares, el mismo será elegido por los docentes auxiliares
del Departamento con el aval del Consejo Departamental correspondiente.
ARTICULO 6º : La designación se realizará mediante el llenado del
formulario cito en el Anexo II de la presente resolución. En él deberán
figurar los datos del veedor además de la firma de dos consejeros
directivos. En caso de no haber acuerdo entre la mayoría y la minoría de
consejo de alguno de los claustros, se podrán designar dos veedores: uno
por mayoría y uno por minoría. El mencionado formulario deberá ser
provisto a quien lo solicite por la Secretaría del Departamento respectivo
o la Secretaría de Consejo Directivo.
ARTICULO 7º : El formulario deberá ser presentado por el veedor ante el
jurado debiendo ser adjuntado éste al expediente por el que se tramite el
concurso.
DE LA ACTUACION DEL VEEDOR:
ARTICULO 8º : El veedor deberá controlar en todo momento la cabal
aplicación del reglamento de concursos vigente a fin de advertir a los
jurados tanto de posibles defectos de forma y procedimiento, como de
eventuales arbitrariedades en su evaluación.
ARTICULO 9º : Los veedores acompañarán al Jurado a lo largo de su
actuación con voz, sin voto y con facultad para hacer constar en actas sus
comentarios. Los veedores podrán asistir y participar de todas las
deliberaciones del Jurado, excepto aquellas en que se establezcan los
temas para las pruebas de oposición. En caso de existir impugnaciones al
concurso, los veedores también serán convocados a las instancias de
elaboración de la ampliación del dictamen correspondiente.
ARTICULO 10º : Las observaciones de los veedores podrán ser elevadas junto
con el dictamen del Jurado o bien podrán ser adjuntadas a este si se
presentan por Mesa de Entradas dentro de los 5 (cinco) días de dado a
publicidad el dictamen. Dichas observaciones podrán ser causales de
impugnación por parte de los postulantes o de anulación del Concursos
sustanciado por parte del Consejo Directivo.
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