RE: [Todos] "Cesión de uso exclusivo de la tecnología y nombre: Ko nabot" a la empresa Robots del Sur S.A.
Juan Karlic
juan_karlic en hotmail.com
Sab Sep 13 03:14:02 ART 2008
También me sumo al reclamo de explicaciones pertinentes por parte de las autoridades responsables que merece semejante
acusación, y que dicho comunicado oficial sea difundido por todos los medios. Y realmente me cuesta imaginar como una
resolución de este tipo pueda llegar a favorecer los intereses comunes de nuestra Universidad pública y de nuestra sociedad.Karlic Juan, estudiante independiente de Biología.
> Date: Fri, 12 Sep 2008 13:36:19 -0300> From: unidad en ce.fcen.uba.ar> To: alumnos en dc.uba.ar; alumnos en dm.uba.ar; alumnos en dm.fcen.uba.ar; cable en de.fcen.uba.ar; lcefiec en de.fcen.uba.ar; cefiec en decanato.de.fcen.uba.ar; cefiec en gruposyahoo.com.ar; docentes en iib.uba.ar; docentes en dc.uba.ar; allusers en iafe.uba.ar; todos2 en at.fcen.uba.ar; todos en at.fcen.uba.ar; todos en ce.fcen.uba.ar; todos en biolo.bg.fcen.uba.ar; todos en bl.fcen.uba.ar; todos en df.uba.ar; alumnos-fisica en lists.fcen.uba.ar; alumnos en df.fcen.uba.ar; alumnos en df.uba.ar; todos en gl.fcen.uba.ar; todos en tango.gl.fcen.uba.ar; allusers en iafe.uba.ar; todos_iib en iib.uba.ar; todos en di.fcen.uba.ar; todos en ic.fcen.uba.ar; todos-dm en dm.uba.ar; todos en q1.fcen.uba.ar; todos en ayelen.q3.fcen.uba.ar; todos en qi.fcen.uba.ar; todos en quimor.qo.fcen.uba.ar; todosqb en qb.fcen.uba.ar; todos en qo.fcen.uba.ar; todos en fbmc.fcen.uba.ar> Subject: [Todos] "Cesión de uso exclusivo de la tecnología y nombre: Ko nabot" a la empresa Robots del Sur S.A.> > > "Cesión de uso exclusivo de la tecnología y nombre: Konabot"> a la empresa Robots del Sur S.A.> > POR QUÉ SE DEBE VOLVER ATRÁS LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO.> > En la sesión del Consejo Directivo (gobierno) de la facultad del> lunes 25 de Agosto se aprobó una resolución de "cesión de uso> exclusivo, de la tecnología y nombre KONABOT" (Expte N° 494337)> a una empresa privada llamada "Robots del Sur SA". El KonaBot es> un robot para la inspección y manipulación de explosivos y> materiales peligrosos desarrollado íntegramente en el Laboratorio> de Robótica del Departamento de Computación de la Facultad.> > - Esta resolución fue aprobada por las autoridades de la facultad> sin siquiera informar a los miembros del equipo de desarrollo,> violando la Reglamentación sobre Propiedad de Resultados de> Investigación y Desarrollo Tecnológico de la UBA (res CS 1868/03).> > - Privatiza una investigación realizada en el marco de la> universidad pública> > - Cercena la posibilidad de avanzar en esa línea de investigación> y desarrollo en la facultad.> > - El inversor de "Robots del Sur SA" ya adelantó que en estos> emprendimientos "La ganancia se da a partir del desarrollo> puntual del proyecto y de la venta posterior de esa empresa."> > ¿PUEDE LA FACULTAD CEDER LOS DERECHOS?> > Según la reglamentación de la UBA, los derechos del KonaBot no> pueden ser cedidos unilateralmente por la facultad. En artículo> 12 del convenio específico para el desarrollo del KonaBot se> establece que "los derechos de propiedad intelectual, el eventual> uso y/o aprovechamiento económico (...) serán propiedad exclusiva> de los investigadores a cargo del desarrollo y de la Universidad> de Buenos Aires". Para estos casos, la reglamentación de la UBA es> clara: "En cualquier caso de copropiedad de resultados, ninguna de> las partes podrá estar individualmente facultada a enajenar, donar> o transferir por cualquier modo su cuota o parte; ni constituir> sobre ella a favor de terceros ningún derecho real o personal; ni> contratar licencias o bajo cualquier otra modalidad, su uso,> producción o comercialización; ni transferir tecnología o contratar> "know how" (...)" (Art. 4, res. CS 1868/03, Reglamentación sobre> Propiedad de resultados de Investigación). En otras palabras, no> solamente el sentido común indica que todos los miembros del equipo> de investigadores deben estar de acuerdo con la cesión, sino que la> misma normativa de la UBA lo establece. En este caso, salvo el> director del grupo (que formaría parte de la empresa "Robots del> Sur SA"), el resto de los miembros del equipo de desarrollo del> KonaBot no fueron consultados ni informados. Tampoco comparten los> términos en los cuales se ceden los derechos, el uso exclusivo y> explotación comercial, tal como consta en la nota que presentaron> ante el CD el martes 2/09/08. Tampoco fueron informadas las> autoridades del Departamento de Computación en cuyo marco se> desarrolló el KonaBot.> > IMPLICANCIAS DE LA CESIÓN DE USO EXCLUSIVO> > Según el proyecto que se aprobó la Facultad se compromete a:> "No efectuar reclamos por derechos de propiedad intelectual (derechos> de autor y/o cualquiera de las formas de protección de propiedad> industrial), por el uso y explotación del nombre y tecnologías> asociadas a KonaBot que utilizará exclusivamente El> Emprendimiento (...)". En el anexo de la resolucion se detalla que> por tecnología asociada se entiende el robot, todo el software y> circuitos desarrollados y los planos que permiten la construcción.> Además "Si durante 2 años El Emprendimiento hubiera producido en la> Argentina y comercializado cualquier producto/s similar/es, con o> sin mejoras en su diseño, en el marco nacional y/o internacional> (...) la cesión de uso realizada en este acto por la Facultad-UBA> será permanente, y se considerará que El Emprendimiento> automáticamente adquiere de manera irrevocable todos los derechos> de propiedad correspondientes que son materia del presente,> desistiendo La Facultad-UBA de efectuar reclamo alguno en el> futuro (...)".Sobre este punto, es importante resaltar que uno de> los argumentos utilizados en el CD para aprobar este proyecto a las> apuradas fue que existe una licitación en curso de los Bomberos para> realizar otro robot con las mismas especificaciones que el KonaBot a> la que "Robots del Sur SA" quiere presentarse. Es de esperar que> contando con la exclusividad sobre toda la tecnología asociada y> nombre KonaBot, la empresa ganará la licitación y podrá cumplir> con esta claúsula, quedándose con los derechos para siempre.> En otras palabras, en este convenio se cede de manera exclusiva> todo un desarrollo y una tecnología que se hizo dentro de la> Universidad Pública con fondos estatales a una empresa privada, muy> probablemente a perpetuidad y sin posibilidad de reclamo por parte> de la Universidad.> > Como dice la nota presentada por miembros del equipo de desarrollo> y/o miembros del Laboratorio de Robótica, "El KONABOT y la> tecnología asociada al mismo son parte de un eslabón en el desarrollo> del Laboratorio de Robótica, que tiene un pasado y un futuro.> Existe un artículo que describe ciertos aspectos del KONABOT [...] en> prensa (...). También existe un proyecto en curso (...) que no sería> factible terminar bajo las condiciones de la resolución aprobada ya> que utiliza tecnología asociada al KONABOT. La cesión de uso exclusivo,> de la tecnología y nombre del KONABOT impiden que el Laboratorio de> Robótica pueda generar nuevas tecnologías a partir de las desarrolladas> para el KONABOT. Por tanto, cercenan la posibilidad de desarrollo del> propio grupo." Además, al ser parte de la empresa, el director del> grupo debe dejar sus tareas en la facultad. Queda claro que a las> autoridades de la facultad que impulsaron este proyecto parece no> importarles cual será el futuro del grupo y de la robótica en la> facultad. Por un lado, se limita su futuro al ceder con exclusividad> parte de su línea de investigación y desarrollo. Por otro, no brinda> ninguna garantía en cuanto a la continuidad de los becarios, tesistas> de licenciatura y doctorado, el espacio e infraestructura y los> subsidios en curso.> > ¿QUÉ ES LO QUE LA FACULTAD RECIBE A CAMBIO DE LA CESIÓN DE TODOS> LOS DERECHOS?> > - "El monto en pesos argentinos equivalente al 5% de cualquier> ingreso proveniente una inversión de terceros y/o subsidios> durante 2 años de vigencia del presente convenio que hayan sido> gestionados en conjunto o con apoyo de la FACULTAD-UBA en forma> exclusiva" (cláusula II, inciso b).> > - "El 1% de la venta bruta mensual que se pudiera generar durante> el período de vigencia del presente convenio"(cláusula II,> inciso c).> > O sea, el 5% de inversiones de terceros o subsidios que gestione> la facultad, y el 1% de los ingresos brutos, y sólo durante los> primeros 2 años.> > ¿QUIÉN ES "ROBOTS DEL SUR S.A."?> > Es una empresa de reciente conformación cuyo presidente es el> Ing. Tobias Schmukler y de la que formaría parte el director del grupo> de Robótica, Dr Juan Santos.> Sobre este tipo de emprendimientos, el propio Schmukler dice cuál> es su objetivo en una entrevista a la Revista Fortuna: "La ganancia se> da a partir del desarrollo puntual del proyecto y de la venta posterior> de esa empresa." ( http://www.revista-fortuna.com.ar/ed_0189/man01.html ).> Esto es lo que hizo con su anterior empresa: Schmukler hizo su fortuna> desarrollando una empresa llamada ITS, que inicialmente daba soporte a> productos HP. Luego de convertir ITS en el primer centro de soporte> autorizado de Microsoft en Argentina. (Cable Semanal FCEyN, 25/04/07),> en el año 1999, Schmukler vendió ITS a la empresa inglesa SEMA Group.> Con estos antecedentes, es previsible el destino en manos de alguna> empresa o monopolio extranjero de "Robots del Sur" y del desarrollo> tecnológico del KONABOT.> Esta resolución aprobada por el Consejo Directivo no parece ser> precisamente un camino para el desarrollo tecnológico estratégico del> país y de la industria nacional, como propagandizan las autoridades de> la Facultad, sino mas bien un camino por el que muy probablemente el> desarrollo tecnológico realizado por la FCEyN termine en manos extranjeras.> > ¿CÓMO SE APROBÓ ESTE PROYECTO?> > Los proyectos en el Consejo Directivo pasan por comisiones antes de> ir al Consejo. Pero este proyecto no pasó por una comisión en los horarios> normales: se hizo una reunión especial el jueves 21/08, de la que sólo> participaron consejeros del oficialismo. En la sesión del lunes 25/08 se> trató el proyecto en el Consejo Directivo. En ese momento, planteamos> junto con el consejero de minoría de graduados que no se votara el proyecto> y que volviera a comisión porque no había sido discutido, ni quedaba claro> si los miembros del equipo de desarrollo estaban al tanto. Tanto ADU> (mayoría de profesores), Sumatoria (mayoría de graduados) y Sinergia> (minoría de estudiantes) votaron en contra de girar el proyecto a la> comisión. Finalmente, ese mismo bloque votó a favor de su aprobación.> > ¿QUÉ PROPONEMOS?> > En función de todo lo anterior, entendemos que se debe volver atrás con> el proyecto aprobado, y abrir la discusión sobre qué se entiende como> transferencia tecnológica, cómo debe implementarse, y cómo se pueden> impulsar desde la Facultad áreas estratégicas como la robótica en el país.> Este proyecto privatiza un desarrollo que se hizo en la Facultad y cercena> una línea de investigación y desarrollo. La robótica es un área estratégica> para el desarrollo de nuestro país, y por lo tanto la Universidad Pública> debería impulsar su desarrollo estatal. Porque la historia nos demuestra> que sólo así fue posible el desarrollo en áreas estratégicas como la energía> atómica, la explotación adecuada de recursos naturales, los ferrocarriles,> las actividades espaciales y la aviación.> > -- > Lista Unidad> Conduccion del CECEN - Mayoria Estudiantil en el Consejo Directivo> > > _______________________________________________> Todos mailing list> Todos en chalten.ce.fcen.uba.ar> http://chalten.ce.fcen.uba.ar/mailman/listinfo/todos
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